Conoce el "Código de Buenas Prácticas de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad" (Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo) que ha sido modificado (Real Decreto-Ley 19/2022, de 22 de noviembre) con motivo de la subida de tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda, y que ha sido ampliado con el Real Decreto-Ley 7/2024, de 11 de noviembre de 2024, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso de Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
En esta última modificación recogida en el RD-ley 7/2024 de 11 de noviembre de 2024, se amplía el plazo por el que los deudores de préstamos hipotecarios podrán instar la solicitud de novación de su préstamo hipotecario:
- Hasta 42 meses, desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 19/2022, de 22 de noviembre; para aquellos deudores que residan en alguna de las localidades incluidas en el anexo del Real Decreto-Ley 6/2024, de 5 de noviembre, afectadas por la DANA, y lo acrediten en los términos previstos en el mismo. Es decir, hasta el 30 de junio de 2026.
- Hasta 36 meses, desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 19/2022, de 22 de noviembre para el resto de deudores. Es decir, hasta el 31 de diciembre de 2025.